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El proceso de reclamos en Nuevo México permite a cualquier persona, incluyendo a la persona bajo tutela o curatela, presentar un reclamo ante el tribunal.

Un reclamo informa al tribunal de que el tutor o el curador, o el representante del beneficiario que también es tutor o curador, no está siguiendo las órdenes del juez o no está actuando de otra manera en el mejor interés de la persona protegida. No necesita un abogado para presentar un reclamo.

Algunas de las razones para presentar un reclamo contra un tutor son, entre otras, las siguientes:

  • la residencia es insegura
  • la persona protegida no está recibiendo la alimentación adecuada y apropiada, atención sanitaria adecuada o medicamentos
  • el tutor abusa física, mental o sexualmente de la persona protegida, o no impide el abuso por parte de otra persona
  • no se permite a la familia o a los amigos visitar o comunicarse con la persona protegida

Una persona protegida puede ser perjudicada por un curador y/o un representante del beneficiario que:

  • no protege los bienes o activos financieros de la persona protegida
  • no guarda el dinero de la persona protegida en una cuenta separada
  • utiliza el dinero o la propiedad de la persona protegida para el beneficio propio del curador
  • vende o se deshace de los bienes que pertenecen a la persona protegida sin una buena razón
  • no proporciona una contabilidad adecuada de los activos de la persona protegida o no paga las facturas de la persona protegida

Puede presentar una queja usando el formulario 4-999.1, que se encuentra en la parte inferior de esta página web, o escribiendo una carta al tribunal información de contacto y un resumen detallado de lo que usted cree que está ocurriendo. Es importante ser claro en cuanto a los detalles clave de la situación, e incluir la mayor cantidad de información posible sobre la actividad que se está reportando, incluyendo:

  • ¿qué hizo el guardián o el curador?
  • ¿cómo se enteró?
  • ¿ha discutido este reclamo con la persona protegida, o con la persona contra la que presenta la queja?
  • al plantear este reclamo, ¿le preocupa su seguridad, o la de la persona protegida?
  • ¿hay algún documento que respalde lo que ha declarado?
  • ¿ya ha notificado a otras autoridades sobre este comportamiento? si es así, ¿qué autoridades?

Después de la revisión del reclamo, el juez puede realizar una audiencia para discutir las razones por las que usted cree que el tutor o el curador o el representante del beneficiario (que también es tutor o curador) no está haciendo un buen trabajo en su papel de cuidar de la persona protegida. El juez puede decidir no establecer una audiencia si se presentó una queja similar dentro de los 6 meses siguientes al reclamo actual y el juez ya tomó medidas.